Justicia
Ayer leí un artículo que me alcanzó
una amiga.
Si el estómago les da, recomiendo lo
lean.
Hay que tener en cuenta que no
estamos analizando artículos escritos por los expositores (sin intermediación
entre el emisor – De Luca, Verbistky – y uno), sino lo que entendió el cronista de lo
que estas personas dijeron ante un auditorio estudiantil.
Consideraciones
La primera es formal y sobre la que
me quiero detener.
Un grupo de personas se arroga la atribución de
legislar, que la constitución reserva únicamente para el Congreso de la Nación.
Abuso de autoridad y, por qué no, sedición.
Un grupo de personas que cubren
cargos públicos, ya sea como magistrados, como auxiliares (secretarios,
personal de juzgado o fiscalía), como empleados públicos en los ministerios de
Justicia nacional o provinciales, legisladores, profesores universitarios y en
menor medida abogados litigantes, postulan una teoría de la punición.
Básicamente, un grupo postula que no
debe punirse a los victimarios por una serie de razones[1].
Más allá de que tengan razón o no, lo que trataré de refutar más adelante, lo
que quiero marcar es lo siguiente:
Un grupo de profesores universitarios + magistrados + troup dice que no hay
que aplicar el Código Penal sino hacer algo distinto.
Hasta acá, no hay problema, porque
cada uno puede decir lo que se le cante, individualmente o en grupo. Yo puedo
ponerme con otras cinco personas y decir que todos deben comer un ananá por
día.
El quid del problema lo planteo de la
siguiente manera:
-
La
República Argentina tiene un ordenamiento jurídico, Constitución, Código Penal,
Códigos Procesales, leyes. Las leyes penales las decide el Congreso de la
Nación.
-
De
hecho la Constitución es muy precisa (ley previa al hecho, debido proceso,
garantías de defensa, juez natural).
Por lo tanto un grupo de profesores de
derecho puede pensar que el código penal está mal y que debe hacerse de otra
manera, PERO LOS PROFESORES DE DERECHO NO LEGISLAN. Sólo pueden opinar y
asesorar en el mejor de los casos.
Los únicos que pueden cambiar el
Código Penal son los legisladores, y no lo han hecho. Mal que mal, tenemos el
mismo código desde 1921, con retoques.
Por lo tanto a los fiscales y los
jueces sólo les cabe aplicar el
Código Penal Vigente. Si robar un auto es entre tantos y tantos años,
sólo puede dar cárcel, mínimo o máximo, pero no otra cosa.
Los jueces y fiscales no legislan,
sólo aplican la ley vigente. Hacer algo distinto es violar la Constitución y
razón de remoción.
Que una minoría con poca
representación en el congreso integrada por profesores de derecho y miembros del
poder judicial y ministerio público crean que las leyes deban ser distintas, no
les arroga el derecho de no
aplicarlas ni de usar unas distintas[2]
.
ACTUAR DE ESA MANERA – DESCONOCIENDO LAS LEYES DE LA NACIÓN Y
APLICANDO UNAS SÓLO CONOCIDAS POR ESE GRUPO MINÚSCULO – CONSTITUYE EL DELITO DE
SEDICIÓN[3].
Esto sobre el marco jurídico.
LA VERDAD DE LA MILANESA
Creo que toda esta movida tiene tres móviles:
1. Crear desasosiego en la población
burguesa o aburguesada[4].
Entiéndase por tal al ferretero de González Catán, al empleado de panadería de
Laferrere, al cajero de un banco en Vicente López, al cerrajero de Villa
Ortúzar, el odontólogo que guarda su auto en Av. Olmos en Rosario. Que nadie
viva tranquilo, que las calles no sean de los ciudadanos, sino de los
delincuentes, que las personas tengan miedo a su sombra, que a nadie se le
ocurra caminar dos cuadras hasta la heladería a las diez de la noche, que no
seamos libres. Y el toque de queda, a diferencia de la última dictadura militar,
los gobernantes se la tercerizaron a los chorros. Los chorros cuentan con vía
libre de los políticos para aplicar el TOQUE DE QUEDA a la población, a través
de su cadena de transmisión (a.k.a. policía + magistrados). La violencia
criminal del crimen común es una
política de gobierno y tiene por objeto controlar a la población.
Slokar. |
2. Facilitar el narcotráfico, volviendo
risibles las penas. Siendo un delito federal y habiendo un único tribunal de Casación
Federal, con De Luca de fiscal y Slokar de presidente de cámara, todo
narcotraficante tiene garantizado que el único tiempo en la cárcel que tenga
que servir es desde el día en que lo atraparon hasta que resuelve Casación. El
narcotráfico es un proyecto económico político de nuestra casta política. Estas
personas, y otras más, son agentes claves en el narcotráfico argentino.
3. Facilitar los delitos de guante
blanco, contra los erarios públicos y contra los bienes de terceros. Todo lo
que es fraude en el manejo de dinero de terceros (administradores de
consorcios, directivos de clubes y asociaciones deportivas como AFA o
Confederación de Hockey sobre césped, intermediaciones de compraventa de
derechos de jugadores de fóbal, administración de sindicatos u obras sociales, de
fundaciones, de empresas públicas, de dinero público) no ha tenido castigo
alguno en los últimos treinta años, reduciendose paulatinamente hasta su total
desaparición la última década[5].
Es una punición que no existe, a pesar de corresponderle medio código penal. No
contentos con eso, la casta política modificó el Código Civil aumentando las
atribuciones de los administradores y eliminando la responsabilidad civil de
los políticos. El Código Penal sigue indemne, gracias en gran medida a Sergio
Massa[6],
que batió el parche. La casta política quería que los jueces tuvieran más
atribuciones para determinar las penas, permitiéndole mayor poder de regateo
para negociar las coimas.
No penar de facto la administración fraudulenta es un proyecto de nuestra casta cleptopolítica, porque básicamente, son administradores de dineros ajenos. Dineros que chorean.
No penar de facto la administración fraudulenta es un proyecto de nuestra casta cleptopolítica, porque básicamente, son administradores de dineros ajenos. Dineros que chorean.
Sobre el abolicionismo
El mal llamado garantismo[7]
es abolicionismo. Eliminar las penas, como tan claramente explica De Luca.
Uno podría dedicar horas en exponer
las contradicciones de la postura, que, ¡oh, sorpresa!, los profesores
universitarios no ven. Exponer estadísticas que desmienten los postulados, decir
que no funciona en ningún lado del mundo, que los rusos comunistas eran reduros
con los arrebatadores de carteras, etc.
Es perder el tiempo.
Por eso no coincido con Cohen D’Agrest,
porque ella parte de una premisa falsa: les cree a los postulantes. Le cree a
Zaffaroni o De Luca. Cree que cuando De Luca dice A, es que piensa A. Entonces
se toma el doloroso trabajo de exponer las contradicciones de las premisas.
Pero yo no le creo ni a Zaffaroni ni
a De Luca ni a ninguno. No creo que cuando dicen A crean que A es cierto. Creo
que es una cortina de humo.
Voy a dar un ejemplo sencillo. Arce
mató a su esposa. Eso quedó demostrado y fue condenado. Un tribunal le concedió
arresto domiciliario y la tutela de los hijos cuya madre mató. ¿Qué van a decir
en su sentencia? ¿Qué Arce les dio guita y por eso lo sueltan? No puede constar
en el texto de la sentencia. Entonces tienen a mano, muy vendida, muy
publicitada, toda la zaraza de “la familia, la unidad de los niños, el tormento
de la cárcel, la cárcel no sirve, blablablá”. La justicia ordinaria de
Provincia de Buenos Aires es una sociedad delictiva en sí, y esta “doctrina”
les viene como anillo al dedo.
Figueroa. |
También es muy útil para las
liberaciones masivas de narcotraficantes de Slokar y Figueroa en Casación
Federal.
La doctrina “garantista” es la
cortina de humo y la excusa en bandeja para coimear a los chorros y liberarlos
con una justificación vendible en los medios de comunicación. Y le ponen mucha
energía en “vender” su doctrina, en los medios de comunicación, en las facultades,
en los “colegios profesionales”.
Otra impostura, que viene de Verbistky
o de cualquiera de ellos, y dice que no puede condenarse a la cárcel a X,
porque X es pobre, porque nació en una villa, porque no terminó la primaria,
porque no tenía agua corriente. Concedamos por un momento lugar a esa teoría
reaccionaria, determinista y facha que ningunea a las millones de personas que
se levantan a las cinco de la mañana, caminan diez cuadras hasta la parada de
colectivo y viajan una hora por un jornal mínimo. Esa premisa quita a un tercio
de la población del poder punitivo del Estado y les da un amparo contra el
Código Penal. Hagamos la vista gorda por un instante y síganme en mi
razonamiento:
¿Qué pasa con los dos tercios
restantes? ¿Qué hacemos con los contadores que falsean balances? ¿Con los
abogados que mienten en los contratos de los jugadores de fútbol, redactando un
precio y que el muchacho cobra la mitad y el resto va a los directivos? ¿Con
los cirujanos que firman haber estado en un quirófano para facturar a la obra
social y tienen un pendex al que le tiran el 25% del honorario? ¿A los que
emiten cheques sin fondos? ¿A los universitarios que no presentan balances de
las fundaciones ante la IGJ? ¿A los que emiten facturas apócrifas? ¿A los
administradores de consorcio que presentan dos veces la misma factura? ¿A los
ingenieros que aprueban un avance de obra inexistente? ¿A los auditores que avalan
que se colocaron 12 cm de espesor de capa asfáltica en una ruta y se aplicaron
5 cm? ¿A los gasistas matriculados que inventan irregularidades para cobrar $
60.000 que reparten con el administrador? ¿Al “financista” que se fugó con el
ahorro de jubilados? ¿A los gerentes de compras de los supermercados que le
piden coima al proveedor?
Todos universitarios. Ninguno perseguido por la vindicta fiscal. Los fiscales y los jueces deciden per se no aplicar el código penal. Desconocen las leyes de la República.
Todos universitarios. Ninguno perseguido por la vindicta fiscal. Los fiscales y los jueces deciden per se no aplicar el código penal. Desconocen las leyes de la República.
¿Es delito de sedición?
* * *
Por último, quiero dar mi opinión. El código penal se basa en un consenso de la población. Las personas, en su mayoría, tienen en claro qué está bien y qué está mal. Violar una niña de diez años está mal. Si lo hace su propio padre es peor. Robar la caja del día de la tienda está mal, etc. Si se mata en el robo es peor que si no se mata. Esas creencias nos permiten vivir en sociedad. Por eso este delito organizado por cátedras de la Facultad de Derecho y Verbitsky y fiscales y jueces, MUY BIEN PENSADO por parte de estos sediciosos, no ha calado en la población. Ni va a andar. Porque son creencias muy arraigadas.
Y como le digo a un amigo: en la Argentina, son todos proteccionistas, pero la Constitución es liberal. Se modificó en 1994 y quedó liberal. La ley está de nuestro lado. Punto para nosotros.
Violar, secuestrar, matar, robar, defraudar, quedarse con dinero público está mal. Y la ley está de nuestro lado.
Punto para nosotros.
Punto para nosotros.
Ahora falta que los empleados que cobran el sueldo prolijamente todos los meses para administrarla (jueces y fiscales), la apliquen.
* * *
Antígona de Sófocles
ANTÍGONA:
Sí, porque no es Zeus quien ha promulgado para mí esta
prohibición, ni tampoco Niké, compañera de los dioses
subterráneos, la que ha promulgado semejantes leyes a los
hombres; y he creído que tus decretos, como mortal que eres,
puedan tener primacía sobre las leyes no escritas, inmutables de
los dioses. No son de hoy ni ayer esas leyes; existen desde siempre
y nadie sabe a qué tiempos se remontan. No tenía, pues, por qué
yo, que no temo la voluntad de ningún hombre, temer que los
dioses me castigasen por haber infringido tus órdenes. Sabía muy
bien, aun antes de tu decreto, que tenía que morir, y ¿cómo
ignorarlo? Pero si debo morir antes de tiempo, declaro que a mis
ojos esto tiene una ventaja. ¿Quién es el que, teniendo que vivir
como yo en medio de innumerables angustias, no considera más
ventajoso morir?
* * *
No han de ser veinte mil corruptos que nos sojuzgan y nos someten para su provecho quienes nos van a convencer que robar, matar, violar, no debe ser castigado.
Porque "no son de hoy ni de ayer esas leyes".
* * *
[1] Que
no sirve para reinsertar al individuo, que es injusto con el tipo, que en
realidad esa punición encubre un mecanismo de control político, blablablá
[2]
Leyes o postulados no escritos y ciertamente no vigentes.
[3] La
Constitución Nacional prohíbe a los magistrados legislar.
[5]
¿Qué castigo tuvo el desvió de provisiones de comida desde la Fundación Felices
los Niños a la cárcel?
[6]
Les recuerdo que fueron de la partida Zaffaroni, Slokar, el gordo puto que
Fernández postuló para la Corte Suprema, ñoqui del Senado, Gil Lavedra y el
Presidente Pinedo. Pinedo, le perdono todo, excepto eso.
[7] Porque
garantismo es hacer respetar las garantías constitucionales.
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